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Épocas hábiles de caza temporada 2025-2026

 

Una vez iniciada la nueva temporada de caza 2025-2026, la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior publica en el boletín del 25 de junio las limitaciones y épocas hábiles de caza en el ámbito de la Comunidad de Madrid, que finalizará el 31 de marzo de 2026.

Queda prohibido el ejercicio de cualquier actividad cinegética en aquellos cotos de caza cuyos titulares no hayan presentado el obligado Plan de Aprovechamiento Cinegético debidamente cumplimentado.

PERIODOS HÁBILES

– Caza menor

· Periodo general: 8 octubre 2025 – 31 enero 2026.

· Tórtola europea: sólo podrá cazarse los sábados 30 de agosto y 6 de septiembre, únicamente en aquellos cotos expresamente autorizados y con el cupo máximo otorgado a cada coto.

MEDIA VEDA: en los cotos privados de caza, con superficie igual o superior a 250 hectáreas, podrán cazarse, el estornino pinto, la urraca, la corneja, la codorniz, la paloma torcaz, la paloma bravía y el zorro, los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid comprendidos entre el 21 de agosto y el 21 de septiembre.

– Caza mayor

· Ciervo, gamo, muflón y jabalí: 8 octubre – 21 febrero 2026. La modalidad de rececho desde el 1 de septiembre.

· Cabra montés macho: 1 abril – 30 junio 2025, y 1 enero – 31 marzo 2026.

· Cabra montés hembra: 1 octubre 2025 – 31 enero 2026.

· Corzo macho: 1 abril – 31 julio 2025 y 1 septiembre- 15 octubre 2025.

· Corzo hembra: 1 septiembre – 15 octubre 2025 y 1 enero -31 enero 2026.

NORMAS ESPECÍFICAS PARA LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA

*Consultar el boletín completo para asegurar que la actividad se realiza acorde a la ley y que se dispone de los permisos necesarios.

Todos los titulares de cotos privados de caza deberán comunicar antes del 31 de marzo de 2026, los resultados cinegéticos totales obtenidos durante la presente temporada.

SEÑALIZACIÓN DE LAS CACERÍAS

Cualquier cacería que se practique en forma de montería, gancho, batida, ojeo o tirada colectiva en zonas atravesadas por vías, caminos de uso público y/o vías pecuarias, deberán estar correctamente señalizadas a la entrada de la vía con al menos 48 horas de antelación, indicando el día de celebración de la cacería y la prohibición de pasar a la zona.

RECOGIDA DE VAINAS DE CARTUCHOS Y DE BALAS USADAS

Durante cualquier actividad cinegética, el cazador está obligado a recoger las vainas de los cartuchos y de las balas usadas. Se recomienda el uso de munición biodegradable.